• Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: INMACULADA MELERO CLAUDIO
  • Nº Recurso: 1263/2022
  • Fecha: 18/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Murcia
  • Ponente: JUAN ANTONIO JOVER COY
  • Nº Recurso: 2447/2022
  • Fecha: 18/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: DESAHUCIO
  • Tipo Órgano: Audiencia Provincial
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JUAN JOSE GARCIA PEREZ
  • Nº Recurso: 1047/2022
  • Fecha: 18/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Coruña (A)
  • Ponente: CARLOS VILLARINO MOURE
  • Nº Recurso: 5074/2023
  • Fecha: 18/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: INCAPACIDAD PERMANENTE
  • Tipo Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Contencioso
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA ISABEL PERELLO DOMENECH
  • Nº Recurso: 671/2022
  • Fecha: 18/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Estimación parcial del recurso contencioso-administrativo interpuesto contra el Real decreto 902/2021. Desestimación de la invocada falta de legitimación activa de la Comunidad de Madrid, pues tiene un claro interés en cuanto en su demanda cuestiona la legalidad del reparto de unos fondos comunitarios dirigidos a los Estados miembros de la Unión y por ende, en principio y salvo justificación contraria, susceptibles de ser repartidos en todo el territorio nacional. Falta de justificación, por parte de la Administración, de la concurrencia de razones válidas y suficientes para acudir al procedimiento excepcional de concesión directa de una subvención. Se declara la nulidad del Real Decreto 902/2021 en lo que se refiere a la concesión directa de subvenciones a las Comunidades Autónomas del País Vasco, Extremadura y Valencia, manteniendo la correspondiente a la Comunidad Foral Navarra.
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE LUIS ASENJO PINILLA
  • Nº Recurso: 937/2023
  • Fecha: 18/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: JOSE MANUEL YUSTE MORENO
  • Nº Recurso: 78/2024
  • Fecha: 18/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Albacete
  • Ponente: JOSE MONTIEL GONZALEZ
  • Nº Recurso: 146/2023
  • Fecha: 18/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: INCAPACIDAD PERMANENTE
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Madrid
  • Ponente: MARIA VIRGINIA GARCIA ALARCON
  • Nº Recurso: 1053/2023
  • Fecha: 18/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
  • Tipo Órgano: Tribunal Superior de Justicia. Sala de lo Social
  • Municipio: Pamplona/Iruña
  • Ponente: MARIA DEL CARMEN ARNEDO DIEZ
  • Nº Recurso: 26/2024
  • Fecha: 18/04/2024
  • Tipo Resolución: Sentencia
Resumen: Competencia desleal es aquella actividad económica o profesional en satisfacción de un interés privado por parte del trabajador, que entra en competencia económica con el empresario por incidir en un mismo ámbito de mercado en el que se disputa un mismo potencial de clientes, produciéndose tal competencia no sólo por el despliegue de una actividad profesional al servicio de otras empresas de la competencia, sino igualmente participando como accionista en empresas competidoras o cooperando en la constitución de una empresa nueva dedicada a la misma actividad. Como deberes básicos del trabajador en el cumplimiento de su obligación laboral, el de no concurrir con la actividad de la empresa en los términos que fija , que no podrá efectuarse la prestación laboral de un trabajador para diversos empresarios cuando se estime concurrencia desleal. En los supuestos de despidos por transgresión de la buena fe contractual o abuso de confianza, la fecha en que se inicia el plazo de prescripción no es aquella en que la empresa tiene un conocimiento superficial, genérico o indiciario de las faltas cometidas, sino que, cuando la naturaleza de los hechos lo requiera, ésta se debe fijar en el día en que la empresa tenga un conocimiento cabal, pleno y exacto de los mismos.

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